La cuota de autónomos es la aportación que abona cada trabajador por cuenta propia mensualmente en concepto de cotización a la Seguridad Social.
Para calcular la cuota a partir de la base escogida se tienen en cuenta los siguientes tipos (coberturas):
Esto nos da un total de 31,2 % de cotización para un autónomo a aplicar sobre la base que elija.
Esto dejaría la cuota de autónomos mínima sin bonificaciones en 234,51 € (aplicando un % del 31,2 %).
Una vez tengamos nuestra cuota, es posible reducirla si aplicamos a la misma determinadas bonificaciones o reducciones a las que podríamos tener derecho.
La finalidad del pago de estas cuotas es la futura cobertura en caso de jubilación, baja…
Baja por enfermedad común
Una enfermedad común es toda aquella no relacionada con la actividad que desarroll amos como por ejemplo, la gripe o un resfriado.
La cuantía se establece en función de la base reguladora, que viene determinada por la base de cotización del mes anterior a la baja dividida entre 30. Se requieren al menos 180 días de cotización previos a la baja.
Se cobrará lo siguiente:
Baja por enfermedad profesional o accidente laboral
La enfermedad profesional o el accidente laboral es toda aquella enfermedad o accidente derivado de tu actividad profesional o que ocurra en tu puesto de trabajo. Por ejemplo, que nos tropecemos al salir de la oficina y nos rompamos un tobillo.
Para el cálculo se usará como referencia la base reguladora que tengas en el mes anterior al que se produce la baja de autónomo. No se requiere un periodo mínimo de cotización.
Se cobrará desde el primer día el 75 % de la base reguladora.
Cese de actividad
El cese de actividad es el equivalente al paro como empleado. A la prestación por desempleo solo pueden acceder personas que trabajen por cuenta ajena. Como los autónomos no van a ser menos, tienen su propio paro, “el cese de actividad”.
Esta prestación será el 70 % de la base de cotización. Se requiere una cotización mínima de 12 meses.
Jubilación
La jubilación es la prestación a la que accederemos todos tarde o temprano. Cuando llegamos a cierta edad (65-67), dejaremos de trabajar y cobraremos esta prestación de forma indefinida.
El cálculo de la pensión de jubilación se hace en función de los años cotizados y otras reglas complejas. Aquí puedes ver toda la información
Maternidad/paternidad o riesgo durante la lactancia
Si has sido mamá o papá optarás a una prestación por el tiempo que estés sin trabajar.
Las prestaciones por paternidad o maternidad serán del 100 % de la base reguladora de los seis meses anteriores al momento de la baja.