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Seguridad Social: cuotas por ingresos reales desde 2023

Te informamos de todas las novedades del nuevo sistema de cotizaciones por ingresos reales aplicado desde 2023.

Seguridad Social
Lectura: 4 min.
14/09/2023

El 2023 vino cargado de novedades en Seguridad Social y la mayor tiene que ver con las cotizaciones, ya que desde el 1 de enero de 2023 no es posible elegir la base de cotización como se hacia hasta finales de 2022.

Aunque la mayoría de los nuevos autónomos (y los no tan nuevos) solían elegir la base mínima, es posible optar a una base superior a los ingresos reales o incluso inferior. Esto tenía su punto positivo si querías ahorrar un poco en la factura de Seguridad Social durante algunos meses aunque también genera algunos problemas a la hora de cobrar según qué prestaciones, pues los importes son bastante bajos sobre todo si los comparas con las prestaciones que puede recibir un trabajador por cuenta ajena en la misma situación y habiendo percibido unos ingresos similares.

En resumen, a partir de 2023 las cotizaciones de los autónomos se asemejan un poco más a las de los trabajadores por cuenta ajena y cotizarán en función de los ingresos reales (o la previsión de los mismos).

Digo a partir de 2023 porque todos los cambios no se instauran en 2023, sino que se hará de forma progresiva entre 2023 y 2025.

¿Cómo se hará el cálculo?

Seguridad Social establece una fórmula para determinar el importe de los ingresos reales con muchas similitudes al cálculo de IRPF. En relación a esto comentar también que ahora será obligatoria la presentación de la declaración anual de la renta para los autónomos.

La fórmula sería la siguiente: 

1º. Calcular los rendimientos netos anuales de la actividad, es decir, el total de tus ingresos menos tus gastos deducibles (sin contar las cuotas que has abonado a la Seguridad Social porque estamos calculando precisamente ese dato). Esto puedes verlo en Abaq en un momento. Si no tuvieras el importe de gastos deducibles separado por cualquier motivo solo tendrías que añadir al total de gastos el importe de las cuotas de Seguridad Social que hayas abonado.

2º. Réstale un 7 % o un 3 %, en función de si eres persona física o autónomo societario.

3º. Ahora que tienes el importe de beneficios reales del año, divídelo entre 12 y esa será la base sobre la que fijar tu cuota de autónomos.

Si el pasado año no tuviste actividad porque eres nuevo autónomo, no te preocupes que al igual que ahora, tu cuota se bonificará (sigue leyendo hasta el punto “¿Seguirá habiendo tarifa plana?”).

Ya tengo el importe de mis ingresos reales, ¿y ahora?

Ahora tendrás que ver en que tramo se sitúa tu base y escoger la cuota que te corresponda. Se ha publicado una tabla con 15 tramos para 2023 a día de hoy. Los tramos son los siguientes:

  1. Rendimientos de hasta 670 € / mes la cuota será de entre 230 y 260 € / mes.
  2. Rendimientos de entre 670,01 y 900 € / mes la cuota puede ser de entre 260 y 275 € / mes.
  3. Para rendimientos de entre 900,01 y 1.166,69 € / mes las cuota puede ser de entre 275 y 357 € / mes.
  4. Rendimientos de entre 1.166,70 y 1.300 € / mes la cuota puede ser de entre 294 y 397 € / mes.
  5. Rendimientos de entre 1.300,01 y 1.500 € / mes la cuota puede ser de entre 294 y 459 € / mes.
  6. Rendimientos de entre 1.500,01 y 1.700 € / mes puede ser de entre 294 y 520 € / mes.
  7. Rendimientos de entre 1.700,01 y 1.850 € / mes la cuota puede ser de entre 310 y 566 € / mes.
  8. Rendimientos de entre 1.850,01 y 2.030 € / mes la cuota puede ser de entre 315 y 621 € / mes.
  9. Rendimientos de entre 2.030,01 y 2.330 € / mes la cuota puede ser de entre 320 y 713 € / mes.
  10. Rendimientos de entre 2.330,01 y 2.760 € / mes la cuota puede ser de entre 330 y 844 € / mes.
  11. Rendimientos de entre 2.760,01 y 3.190 € / mes la cuota puede ser de entre 350 y 976 € / mes.
  12. Rendimientos de entre 3.190,01 y 3.620 € / mes la cuota puede ser de entre 370 y 1.107 € / mes.
  13. Rendimientos de entre 3.620,01 y 4.050 euros mensuales la cuota puede ser de entre 390 y 1.238 € / mes.
  14. Rendimientos de entre 4.050,01 y 6.000 € / mes la cuota puede ser de entre 420 y 1.266 € / mes.
  15. Rendimientos a partir de 6.000,01 € / mes la cuota puede ser de entre 500 y 1.266 € / mes.

¿Y si mis ingresos cambian, ¿puedo cambiar mi cuota?

Podrás cambiar de tramo de rendimientos netos cada dos meses (6 veces al año) desde el portal ImportaSS dentro de estos plazos:

  • 1 de enero para las solicitudes entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre del año anterior.
  • 1 de marzo para las solicitudes entre el 1 de enero y el 28/29 de febrero.
  • 1 de mayo para las solicitudes entre el 1 de marzo y el 30 de abril.
  • 1 de julio para las solicitudes entre el 1 de mayo y el 30 de junio.
  • 1 de septiembre para las solicitudes entre el 1 de julio y el 31 de agosto.
  • 1 de noviembre para las solicitudes entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre.

¿Seguirá habiendo tarifa plana?

Sí, solo que cambiará un poco. Actualmente la tarifa plana son 60 € / mes durante el primer año, el segundo la cuota subiría a unos 144 € / mes los primeros 6 meses y luego a unos 200 € / mes los otros 6 meses. Después dependiendo de tu edad o tu lugar de residencia y desarrollo de la actividad podrías llegar a tener mejores bonificaciones.

Con los nuevos cambios la tarifa plana pasaría a ser de 80 € / mes durante el primer año y el segundo podría mantenerse también en 80 € dependiendo de tus ingresos. Además muchas Comunidades Autónomas están ofreciendo ayudas para dejar la cuota durante al menos el primer año a 0 € complementando la tarifa plana que ofrecería el gobierno.

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