En este artículo mostramos el modelo 349: qué es, cuándo debes presentarlo, cómo te ayuda Abaq y más.
El modelo 349 permite a la Agencia Tributaria obtener una visión detallada de las operaciones intracomunitarias, lo que facilita la detección de posibles irregularidades y asegura que tanto las empresas como los profesionales cumplan con sus responsabilidades tributarias en estas transacciones.
El modelo 349 es un formulario para declarar el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) de las operaciones intracomunitarias con bienes y servicios de autónomos y empresas con domicilio fiscal en la Unión Europea (UE).
El modelo 349 se tiene que presentar obligatoriamente cuando un autónomo o una empresa de un estado miembro de la Unión Europea realize una operación de compra o venta de bienes o servicios a un país de la UE.
El modelo 349 se puede presentar de forma mensual, trimestral o anual:
De forma mensual: Entre el 1 y el 20 del mes mes posterior a la finalización del período de liquidación.
De forma trimestral: Cuando el importe de entregas de bienes y servicios intracomunitarios sea inferior a 50.000 € (sin IVA) en el trimestre de referencia o en los cuatro trimestres naturales anteriores.
Los plazos de presentación son:
De forma anual: Se debe presentar anualmente del 1 al 30 de enero cuando:
Desde Abaq nos encargamos de elaborar y presentar el modelo 349 (en modalidad trimesral) ante Hacienda. Un equipo de gestores que entiende tu negocio, se encargará de que todo esté perfecto.
Si decides rellenar el modelo 349, debes de tener en cuenta separar por tipo de operación y buscar las casillas en el modelo 303: