Gestor PRO
Como autónomo con actividad profesional, si emites facturas a una
empresa/autónomo español,
la factura debe ir con retención del IRPF del 7 % durante el primer año de actividad y los dos siguientes, transcurrido este periodo la retención de IRPF debe ser del 15 %.
En caso de que emitas una factura a una
cliente final/particular o empresa/autónomo fuera de España, no se tiene que aplicar
ninguna retención de IRPF en tu factura.