El cliente no se va a dar de alta en autónomos hasta que no comience su actividad. Es decir, después de la reforma.
Gestor PRO
Si le facturas en el momento que él sea particular, le tienes que facturar como particular.
Por el contrario, si le facturas cuando sea autónomo, le podrás facturar como autónomo.
¿Siendo particular facturo solo con IVA, ¿no? Y en ese caso, al no ser su vivienda, ¿debe ser al 21 %?
Gestor PRO
Exacto, si es particular únicamente puedes aplicar IVA y será del 21 %.
El cliente me sugiere que una vez esté dado de alta en autónomos, hagamos una rectificación de esta factura para incorporar el IRPF en ese momento. ¿Es posible hacer eso?
Gestor PRO
Lo que te tienes que decirle es que el importe a pagar es el mismo, tanto si aplicas el porcentaje de IRPF o no.
Si aplicas el porcentaje de IRPF, no te lo paga a ti, pero tiene la obligación de ingresar esa retención a Hacienda a cuenta de tu renta / IRPF anual.
Por el contrario, si le facturas todo sin retención te pagaría el 100 % a ti, sin tener que liquidar una parte a Hacienda, pero el importe de la factura será idéntico.
Si no le aplicaras esa retención, por ser un cliente particular, lo pagarás tú en el modelo 130.