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El IVA en las actividades agrícolas, ganaderas y forestales

Emprendimiento
20/12/2023
Dentro de las actividades agrícolas, ganaderas y forestales, ¿cuáles son las actividades específicas que están sujetas al 10 % de IVA?
Gestor PRO
Todos aquellos bienes para el desarrollo de actividades agrícolas, ganaderas y forestales estarán al 10 % de IVA. Las actividades incluidas son:
  • Plantación, siembra, injertado, abonado, cultivo y recolección.
  • Embalaje y acondicionamiento de los productos, incluido su secado, limpieza, descascarado, troceado, ensilado, almacenamiento y desinfección de los productos.
  • Cría, guarda y engorde de animales; nivelación, explanación o abancalamiento de tierras de cultivo, asistencias técnica.
  • Eliminación de plantas y animales dañinos y la fumigación de plantaciones y terrenos.
  • Drenaje.
  • Tala, entresaca, astillado y descortezado de árboles y limpieza de bosques.
  • Servicios veterinarios.
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