Gestor PRO
Sí, tendrás un 50 % como propietario y un 50 % como nudo propietario.
La parte de propietario genera una imputación inmobiliaria y la parte de nudo propietario no genera ningún rendimiento en el IRPF.
¿Y si la vivienda la recibo 100 % por herencia?
Gestor PRO
Lo mismo, en función lo que diga la herencia. Al morir el padre puede testar y decir que una parte es usufructo y otra plena propiedad.