Gestor PRO
La persona, autónomo o empresa que promociona tu servicio o refiere a nuevos clientes, debe tener en cuenta que
él tiene la obligación de declarar a Hacienda los ingresos percibidos por las comisiones.
En el caso de
autónomos o empresas no hay problema, ya que se encuentran dados de alta tanto en Hacienda como en Seguridad Social y podrás emitirles la correspondiente factura (por destinatario) fácilmente.
En el caso de
particulares, tienen que darse de alta en Hacienda y declarar los ingresos y el IVA aplicado en las facturas. Hay que prestar atención en que una persona puede estar obligada a darse de alta en Hacienda (modelo 036, alta del epígrafe y presentación de los modelos trimestrales y anuales), y no estar obligada a darse de alta en la Seguridad Social (existe en el momento en que se cumplan ciertas características, como que la actividad se realice de forma habitual, personal y directa).
En todo caso, tú no debes preocuparte en este sentido, ya que son ellos los obligados a tributar dichos ingresos.
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Lo que sí debes tener en cuenta, es que vas a tener que
emitir facturas por destinatario. Tú constarás como destinatario de la factura, y tus clientes (los comisionistas) saldrán como los emisores de la factura. Consulta información de
las facturas expedidas por el destinatario o por terceros. La otra opción sería que los propios comisionistas te emitieran directamente la factura.
Dicho esto, como ya tendrás generada una factura de "gastos" (según el punto anterior) te la podrás deducir perfectamente.