Gestor PRO
Para el cobro de una factura en 2 plazos comentarte que, según el principio de devengo, toda factura se debe declarar en el momento de su emisión indistintamente de su fecha de cobro o pago. Por lo tanto, aunque la factura no la hubieras cobrado aún, se debería declarar igualmente.
Lo más correcto es emitir una única factura con 2 fechas de vencimiento. Aunque si la factura se debe emitir a un cliente final, como él no la va a presentar como gasto de su actividad (porque no es autónomo ni empresa), Hacienda no tiene forma de saber que forma parte de una misma factura. Por lo tanto, puedes emitir 2 facturas separadas sin ningún problema.
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Mi duda, de cara a Hacienda, es que si es un mismo cliente y dentro de lo que se factura, pone el mismo nombre o descripción de actividad y dos importes iguales separadas en dos meses, ¿da igual? ¿O es mejor hacerlo como me comentas de los vencimientos, ya sea un cliente que no declara la factura o si es un autónomo? Quiero hacerlo de la manera correcta.
Gestor PRO
Legalmente, se debe declarar todo servicio prestado en el momento de emisión de factura, independientemente de la fecha de cobro o pago de la misma. El dejar que el cliente te pague el servicio en 2 mensualidades (por ejemplo) es solo un método más de pago, es decir, es como si en vez de que pague con efectivo, te paga con tarjeta.
El cliente cuando recibe esa factura, ¿en cuánto tiempo tiene la obligación de pagar? Y para el segundo vencimiento, ¿hay que enviarle un aviso de que queda por pagar el resto?
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Respecto a las fechas de vencimiento, esto viene recogido en el artículo 33 de la Ley 3/2004, donde se estipula un plazo máximo legal de 60 días para pagar cualquier deuda/factura en referencia a un proveedor, aunque esto, se debe hablar con el cliente y establecer los plazos que más convengan.