Sobre el alta censal y de los modelos de alta: 036 y 037.
Las personas físicas, jurídicas y entidades que quieran desarrollar una actividad económica tienen que solicitar su inscripción en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores a través de la declaración censal de alta. Para ello hay que usar los modelos 036 o 037, según corresponda.
Igual los modelos no te suenan mucho y menos aún la expresión “alta censal” pero es lo que se conoce comúnmente como “alta en Hacienda”.
La declaración censal sirve para comunicar los datos de cada obligado tributario que quiera pertenecer al censo de empresarios, profesionales y retenedores.
En la declaración censal de alta deberán indicarse:
Asimismo, la declaración censal de sirve para solicitar la inscripción en el Registro de Grandes Empresas, Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI), Registro de Devolución Mensual (REDEME), y otros registros especiales.
Todas las personas o entidades que desarrollen o vayan a desarrollar en territorio español actividades empresariales o profesionales o satisfagan rendimientos sujetos a retención.
A través de los modelos 036 o modelo 037 realizarán su alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores, así como las modificaciones que se vayan produciendo (incluyendo la modificación del domicilio o la baja en el censo).
El fin es el mismo, el alta censal, pero el modelo 037 es más corto y facilito de cumplimentar y su uso está limitado a personas físicas que cumplan ciertas condiciones:
Si este es tu caso, puedes usar el 037.
Los pasos para darse de alta en Hacienda son los siguientes:
1º. Disponer de un certificado digital, pues el alta para empresas exclusivamente puede realizarse por vía telemática y para los autónomos, siendo realistas es la vía más rápida.
Vamos a olvidarnos un poco de las largas colas en Administraciones para realizar trámites que podemos hacer en unos pocos minutos a través de sus Sedes Electrónicas.
2º. Cumplimenta y presenta el modelo 036 o el modelo 037 según corresponda. Ya has visto más arriba las diferencias, por lo que accede a la web de Hacienda, selecciona el modelo que se adapte mejor a ti y ¡a empezar nuestra actividad!
3º. Si formas parte de las empresas y autónomos que están exentos de la presentación y liquidación del IAE (Impuesto de Actividad Económicas), el alta se realizará a través del modelo 036 o 037 que ya hayáis presentado.
Si por otro lado, eres uno de los afortunados que tiene unos ingresos netos iguales o superiores a 1 millón de euros tendrás que presentar además del alta en Hacienda, el alta en el IAE a través de los modelos 840 y 848.
Estos son los trámites para el alta censal, pero en función de la forma jurídica que adquieras, tendrás que realizar más o menos trámites. Cómo mínimo tendrás que darte de alta también en la Seguridad Social.